Que la ozonoterapia sea “realizada por una persona que cuente con los títulos profesionales o certificados de especialización expedidos y registrados legalmente por las autoridades educativas competentes.” Además, la ozonoterapia debe ser parte de la salud pública. Y para ello se debe reformar el art. 79 de la ley General de Salud de la república. Así lo solicitó el diputado federal Alberto Anaya Gutiérrez, del PT (Partido del Trabajo) en su propuesta que está siendo analizada por la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la Unión (16 julio 2023). https://www.tallapolitica.com.mx/promueven-reforma-para-que-la-ozonoterapia-sea-aplicada-solo-por-personas-profesionales-y-certificadas/
En la actualidad hay un proyecto de ley que se presentó en el senado de la república (27 abril 2021) para que la ozonoterapia se incluya en el artículo 79 de la Ley General de Salud de la República Mexicana.
https://ozonoterapia.org/presentado-proyecto-de-ley-sobre-ozonoterapia-en-el-senado-mexicano/
Legislación de ozonoterapia en los estados mexicanos
De los 32 estados que tiene México, dos de ellos ya tienen incorporada en su legislación a la ozonoterapia.
Estado de Nuevo León (2018).
https://ozonoterapia.org/mexico-sigue-regularizando-la-practica-de-la-ozonoterapia/
Ciudad de México (enero 2023).
https://ozonoterapia.org/mexico-sigue-regularizando-la-practica-de-la-ozonoterapia/
En los seis siguientes estados se están tramitando proyectos de ley sobre ozonoterapia: Morelos, Quintana Roo, Baja California, Sonora, Hidalgo y Campeche. En este último el proyecto se presentó el 1 de junio del año 2021. https://www.elsoldehidalgo.com.mx/local/ozonoterapia-sea-aplicada-por-personas-profesionales-y-certificadas-anaya-10386659.html
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